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CONDICIONES
GENERALES PARA STANDS Y PABELLONES DEL PALACIO DE CONGRESOS
Y EXPOSICIONES DE GALICIA
I Montaje y desmontaje de stand y pabellones.
En el supuesto de que entre la ACTIVIDAD/ES
figure el montaje y desmontaje de stands y/o pabellones,
el USUARIO, sin perjuicio de las demás obligaciones
previstas en el presente contrato quedará obligado,
adicionalmente, al cumplimiento de las siguientes:
1. ENTREGA DE PROYECTO
1.1. El USUARIO entregará al CONCESIONARIO,
al menos con una antelación de cien días al
período de vigencia del contrato, la siguiente documentación:
a) Proyecto completo de todas las instalaciones
y montajes a realizar compuesto por un plano general a escala
con la distribución de todos los puestos, stands,
pabellones, etc. (en lo sucesivo PUESTOS).
b) Relación de potencia eléctrica
que va a consumir cada expositor y relación de acometidas
a cualquier punto del PUESTO, incluyendo relé diferencial.
c) Proyectos y planos de los PUESTOS prefabricados
o modulares y de cualesquiera otros que fueran a ser instalados.
1.2. EL CONCESIONARIO aprobará los
proyectos, planos o relaciones mencionados, lo que podrá
hacer introduciendo las modificaciones que fueran necesarias
a la vista de las características de todo tipo de
la SALA/S, sus instalaciones, equipos, decoración
y mobiliario.
Las indicadas modificaciones serán
obligatorias para el USUARIO y el expositor, sin que la
falta de su aceptación por uno u otro puedan conllevar
disminución del precio pactado, perjuicio o desmérito
de ninguno de los derechos que corresponden al CONCESIONARIO,
ni tampoco modificación de las obligaciones asumidas
por el USUARIO.
2. MONTAJE Y DESMONTAJE DE PUESTOS O STANDS
Los PUESTOS, así como los servicios
materiales y humanos para la realización de las labores
de montaje y desmontaje de aquéllos, deberán
ser contratados por el USUARIO, a su exclusiva cuenta y
cargo, únicamente con alguna de las empresas incluida
en la lista que en su caso facilitará el CONCESIONARIO,
salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario,
siendo de aplicación las siguientes prescripciones.
2.1. El montaje y desmontaje respetará,
escrupulosamente, los proyectos planos y relaciones aprobadas
por el CONCESIONARIO.
2.2. Las labores de montaje y desmontaje
de los PUESTOS se iniciarán dentro del plazo de vigencia
del presente contrato, así como del horario de alquiler
de la SALA/S, utilizándose las entradas y siguiéndose
el horario e instrucciones de trabajos que indique el CONCESIONARIO.
2.3. Durante las labores de montaje y desmontaje,
y, en general, durante los días de celebración
de la exposición queda prohibido entorpecer, interferir
o causar molestias a las ACTIVIDADES de otros USUARIOS,
así como colocar materiales en emplazamientos de
otros expositores y zonas comunes, que deberán estar
siempre libres para la circulación de personas y
materiales.
2.4. Las conexiones de las acometidas de
electricidad de los PUESTOS se efectuarán siempre
por personal técnico autorizado de la empresa encargada
del montaje, quedando absolutamente prohibido el acceso
a cajas de acometida de la red a cualquier otra persona.
2.5. En la zona exterior, las acometidas
de electricidad, agua o aire comprimido se tomarán
en los puntos previamente designados por el CONCESIONARIO.
2.6. En las labores de montaje, desmontaje
y decoración queda expresamente prohibido:
a) El empleo de materiales de construcción
(cementos, yesos, arenas, escayolas, tejas, ladrillos o
cualquier material similar), tanto para la construcción
de puestos como para colocación de adornos, instalaciones,
equipos, mobiliario, etc.
b) Afectar en cualquier modo las instalaciones
de la SALA/S del Palacio de Congresos y Exposiciones de
Galicia, no estando permitido pintar, fijar tacos, hacer
taladros, rozas de ninguna clase, ni colgar o sostener letreros,
marcos, dibujos o cualquier otro objeto, en suelos, techos,
paredes y columnas.
c) La producción, de forma continua,
intermitente o periódica, de concentraciones peligrosas
de gases o vapores combustibles.
d) El uso o transporte de materiales inflamables
(gasolina, acetileno, petróleo, etec.), así
como la utilización de calefacciones individuales.
e) Introducir materiales u objetos que
bloqueen o dificulten las vías de evacuación
y salidas de las SALAS del Palacio de Congresos y Exposiciones
de Galicia, así como la entrada de vehículos.
f) Sobrepasa el peso máximo autorizado
en la SALA/s, que es de 1.000 Kgs. por metro cuadrado.
g) La producción, de forma continua,
intermitente o periódica, de ruidos molestos para
el resto de usuarios del Palacio de Congresos y Exposiciones
de Galicia, o reproducción sonora en niveles que
ocasionen molestias al resto de usuarios, debiendo seguir
en estos casos las instrucciones que le indique el CONCESIONARIO.
2.7. El montaje de PUESTOS que se concierte
con el CONCESIONARIO en las 24 horas que anteceden a la
ACTIVIDAD/ES, sufrirá un recargo del 50%, porcentaje
aplicable igualmente al mobiliario solicitado en régimen
de alquiler para la decoración del PUESTO y que se
concierte en las 24 horas previas al acto arriba mencionados.
II. Otras obligaciones del
USUARIO
EL USUARIO responderá frente al
CONCESIONARIO del cumplimiento por parte de los expositores,
de las obligaciones que seguidamente se reseñan,
las cuales, caso de ser incumplidas por éstos obligarán
directamente al USUARIO.
1. Cada expositor deberá mantener
perfectamente limpio su PUESTO.
2. Terminada la exposición, y en
el tiempo que reste hasta la conclusión de la vigencia
del presente contrato:
a) La empresa encargada del desmontaje
deberá tener concluidos sus trabajos, viniendo obligado
el expositor a retirar todos los materiales y objetos inservibles
de su PUESTO, y a depositarlos en los vertederos.
b) Los restantes objetos y materiales que
no hubieran sido retirados por el expositor al tiempo de
concluir el periodo de vigencia del contrato serán
retirados por el CONCESIONARIO, que cargará al USUARIO
los gastos correspondientes, no teniendo responsabilidad
alquila en caso deterioro o daños a los mismos.
c) Cada expositor deberá devolver
la SALA/S, el PALACIO, sus instalaciones, equipos, decoración
y mobiliario, y cuantos demás bienes hubiera recibido
del CONCESIONARIO, INCLUIDOS LOS puestos prefabricados,
en el perfecto estado y en las perfectas condiciones de
uso, funcionamiento y conservación en que los han
recibido, respondiendo solidariamente el USUARIO con los
expositores de cualesquiera desperfectos.
3. Cada expositor vendrá obligado
a tener asegurado a su personal contra accidentes, y a cumplir
con la normativa que le fuere aplicable en materia laboral,
tributaria, de Seguridad Social, gubernativa, etc., respondiendo
directamente el expositor y el USUARIO DE incumplimientos
a la citada normativa, y obligándose a mantener indemne
al CONCESIONARIO de cualquier reclamación derivada
de dichos incumplimientos.
4. Serán de la exclusiva responsabilidad
del USUARIO o de cada expositor, cuantos daños personales
o materiales pudieran producirse por incendio, robo y desperfecto
de materiales y productos expuestos, y por accidentes que
pudieran sufrir los visitantes y los productos mencionados,
incluso por razón del funcionamiento de las máquinas
que pudieran exponerse, respecto de las cuales, el expositor,
y solidariamente con él, el USUARIO, garantizará
que no ofrecen ningún peligro para el público
visitante, no han de producir molestias a otros expositores,
o USUARIOS ni daños a la SALA/S o a El Palacio de
Congresos y Exposiciones de Galicia.
5. Cada expositor responderá personal
y directamente de los productos expuestos, sin que el CONCESIONARIO
adquiera la condición de expositor o depositario
de los mismos, y sin que, en consecuencia, le alcance responsabilidad
por concepto alguno relacionado con dichos productos.
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